Relevancia jurídica del reconocimiento del derecho al medio ambiente como derecho humano fundamental. Análisis comparativo de las Resoluciones de los organismos de Derechos Humanos a nivel internacional y regional
Resumen
La sobreexplotación de la naturaleza para satisfacer la constante demanda de una sociedad hiperconsumista ocasionó una gran crisis ecológica que se traduce en el colapso del planeta y en la necesidad de revertir el proceso de deterioro ambiental. Es evidente que la desestabilización de los procesos biofísicos de los ecosistemas pone en grave riesgo el pleno ejercicio de los derechos de las personas. El nexo entre cambio climático, medio ambiente y derechos humanos es incuestionable y su reconocimiento tanto internacional como regional alcanzó significativos niveles de consenso, no solo en el derecho ambiental, sino también en el régimen internacional de los derechos humanos. En consecuencia, el presente artículo tiene por objeto el análisis comparativo de las resoluciones que reconocieron el derecho al medio ambiente limpio, saludable y sostenible como un derecho humano, así como las obligaciones de los Estados en materia ambiental y climática. Específicamente, a nivel mundial, la Resolución N° 48/13 del Consejo de Derecho Humanos de Naciones Unidas y en el marco del Sistema Interamericano, la Resolución N° 3/21 de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. La metodología se basó en el análisis hermenéutico del texto de cada una y en el estudio comparativo entre ambos instrumentos jurídicos.
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